Artículo 291 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título quinto. Del usufructo, del uso y de la habitación · Capítulo primero. Del usufructo en general
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Las personas colectivas que no pueden adquirir, poseer, o administrar bienes raíces, tampoco pueden tener usufructo constituido sobre bienes de esta clase.