Artículo 640 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento - de los testamentos en general (sic) · Capítulo séptimo. De los legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Es válido el legado de un bien que pertenezca a un heredero o a un legatario, quienes, si aceptan la herencia o el legado, deberán entregar el bien legado o su precio.