Artículo 738 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título tercero. De la forma de los testamentos · Capítulo tercero. Testamento público cerrado
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
El testador que quiera depositar su testamento en el Supremo Tribunal se presentará ante éste, el que dispondrá que se haga asentar en el libro que con este objeto se lleve, una razón del depósito o entrega, que será firmada por el Presidente del Tribunal, el testador o el mandatario, a quien se dará copia autorizada.