Artículo 841 del Código Civil de Zacatecas
Libro cuarto. De las sucesiones · Título quinto. Disposiciones comunes a las sucesiones testamentaria y legítima · Capítulo tercero. De la aceptación y repudiación de la herencia y legados
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Nadie puede aceptar ni repudiar sin estar cierto de la muerte de aquél de cuya herencia o legado se trata.