Artículo 125 del Código Penal de Zacatecas
Libro segundo. De los delitos en particular · Título primero. Delitos contra la seguridad interior del estado y su integridad territorial · Capítulo III. Sedición y otros desordenes públicos
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 16 de septiembre de 2026
Son responsables del delito de asonada o motín los que para hacer uso de un derecho se reúnen tumultuariamente, empleando violencia en las personas o fuerza sobre las cosas. Este delito se sancionará con prisión de tres meses a un año.