LMigra · Art. 77

Artículo 77 de la Ley de Migración

Título sexto. Del procedimiento administrativo migratorio · Capítulo I. Disposiciones comunes en materia de verificación y regulación migratoria

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

El procedimiento administrativo migratorio se regirá por las disposiciones contenidas en este Título, en el Reglamento y en las disposiciones administrativas de carácter general que emita la Secretaría, y en forma supletoria por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. Durante su sustanciación se respetarán plenamente los derechos humanos de los migrantes.

Leer de corridodentro de Título sexto. Del procedimiento administrativo migratorio

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
d81710dc7b23…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (19 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 77, Ley de Migración. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-de-migracion/articulo-77/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.