LISSSTE · Art. 198

Artículo 198 de la Ley del ISSSTE

TÍTULO SEGUNDO. DEL RÉGIMEN OBLIGATORIO · CAPÍTULO X. De los Servicios Sociales y Culturales · Sección II. Servicios Culturales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

Para los fines antes enunciados, el Instituto, de acuerdo con las posibilidades financieras del Fondo de servicios sociales y culturales, ofrecerá los siguientes servicios:

I.Programas culturales;

II.Programas educativos y de capacitación;

III.De atención a jubilados, Pensionados y discapacitados;

IV.Programas de fomento deportivo, y

V.Los demás que acuerde la Junta Directiva, siempre que no se afecte la viabilidad financiera en el corto, mediano o largo plazo.

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Última reforma
(DOF)
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El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 198, Ley del ISSSTE. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-issste/articulo-198/

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