Artículo 253 de la Ley del ISSSTE
TÍTULO SEXTO. DE LAS RESPONSABILIDADES Y SANCIONES
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026
El Instituto tomará las medidas pertinentes en contra de quienes indebidamente aprovechen o hagan uso de los derechos o beneficios establecidos por esta Ley, y ejercitará ante las autoridades competentes las acciones que correspondan, presentando las denuncias o querellas, y realizará todos los actos y gestiones que legalmente procedan, así como contra quien cause daños o perjuicios a su patrimonio o trate de realizar cualquiera de los actos anteriormente enunciados.