LSS · Art. 239-B

Artículo 239-B de la Ley del Seguro Social

TITULO SEGUNDO. DEL REGIMEN OBLIGATORIO · CAPITULO XI. DE LAS PERSONAS TRABAJADORAS DEL HOGAR

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

No se considera persona trabajadora del hogar:

I.Quien realice trabajo del hogar únicamente de forma ocasional o esporádica, y

II.Quien preste servicios de aseo, asistencia, atención de clientes y otros semejantes, en hoteles, casas de asistencia, restaurantes, fondas, bares, hospitales, sanatorios, colegios, internados y otros establecimientos análogos.

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Última reforma
(DOF)
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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo adicionado DOF 16-11-2022

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • Artículo 73: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 168: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.
  • Artículo 168: contiene una tabla; cada fila se escribe como un párrafo con celdas separadas por « | ».
  • Artículo 170: la fuente contiene 1 imagen(es) (tabla o fórmula impresa como imagen) que no se reproducen como texto.

Transitorios (45 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 239-B, Ley del Seguro Social. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/ley-del-seguro-social/articulo-239-b/

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