Artículo 195-Z-11 Bis de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capítulo XX. De la Secretaría de Marina · Sección Única. Servicios Marítimos
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
Por los servicios relacionados con el cumplimiento del Código Internacional para la Protección de los Buques y de las Instalaciones Portuarias, por cada instalación portuaria, se pagarán las siguientes cuotas:
I.Por la expedición, reposición o renovación de la declaración de cumplimiento $5,214.21
II.Por la evaluación de protección $36,654.64
III.Por la revisión y, en su caso, aprobación del plan de protección $13,727.87
IV.Por la verificación inicial o anual de la implantación del plan de protección $27,048.34