Artículo 44 de la Ley Federal de Derechos
Titulo primero. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Capitulo III. De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público · Sección Tercera. Servicios Aduaneros
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 7 de noviembre de 2025
La cuota del derecho de almacenaje a que se refiere esta sección, se aplicará en cada una de las operaciones en que debe ser pagado, conforme a las siguientes reglas:
I.- Integramente, si están depositadas en almacenes, cobertizos, carros o camiones que se encuentren en el recinto fiscal.
II.- En un 50% cuando se encuentren en la intemperie.