Artículo 12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Título I. Del Juicio Contencioso Administrativo Federal · Capítulo III. De los Impedimentos y Excusas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026
Manifestada por una Magistrada o Magistrado la causa de impedimento, la Presidenta o el Presidente de la Sección o de la Sala Regional turnará el asunto a la persona titular de la Presidencia del Tribunal, a fin de que la califique y, de resultar fundada, se procederá en los términos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.