LFPCA · Art. 12

Artículo 12 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo

Título I. Del Juicio Contencioso Administrativo Federal · Capítulo III. De los Impedimentos y Excusas

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026

Manifestada por una Magistrada o Magistrado la causa de impedimento, la Presidenta o el Presidente de la Sección o de la Sala Regional turnará el asunto a la persona titular de la Presidencia del Tribunal, a fin de que la califique y, de resultar fundada, se procederá en los términos de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado DOF 09-06-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

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Cómo citar

Artículo 12, Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo. Texto vigente, última reforma DOF 9 jun 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-procedimiento-contencioso-administrativo/articulo-12/

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