Artículo 55 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo VIII. De la Sentencia
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026
Las partes podrán formular excitativa de justicia ante el Presidente o la Presidenta del Tribunal, si la Magistrada o el Magistrado responsable no formula el proyecto respectivo dentro del plazo señalado en esta Ley.