Artículo 53 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo VIII. De la Sentencia
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026
La sentencia definitiva queda firme cuando:
I.No admita en su contra recurso o juicio.
II.Admitiendo recurso o juicio, no fuere impugnada, o cuando, habiéndolo sido, el recurso o juicio de que se trate haya sido desechado o sobreseído o hubiere resultado infundado, y
III.Sea consentida expresamente por las partes o sus representantes legítimos.
A partir de que el Tribunal notifique a las partes que la sentencia quedó firme y causó ejecutoria, correrán los plazos para el cumplimiento de las sentencias, previstos en los artículos 52 y 58-14 de esta Ley.