Artículo 42 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo
Título II. De la Substanciación y Resolución del Juicio · Capítulo V. De las Pruebas
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 9 de junio de 2026
Las resoluciones y actos administrativos se presumirán legales. Sin embargo, las autoridades deberán probar los hechos que los motiven cuando la persona afectada los niegue lisa y llanamente, a menos que la negativa implique la afirmación de otro hecho.