LFPPI · Art. 192

Artículo 192 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial

Título cuarto. De las Marcas, Avisos y Nombres Comerciales · Capítulo III. De las Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026

Para efectos de obtener la declaratoria de notoriedad o fama, la persona solicitante aportará los siguientes datos:

I.- El sector del público integrado por las personas consumidoras reales o potenciales que identifiquen la marca con los productos o servicios que ésta ampara, basados en una encuesta o estudio de mercado o cualquier otro medio permitido por la ley;

II.- Otros sectores del público diversos a las personas consumidoras reales o potenciales que identifiquen la marca con los productos o servicios que ésta ampara, basados en una encuesta o estudio de mercado o cualquier otro medio permitido por la ley;

III.- Los círculos comerciales integrados por las personas comerciantes, industriales o prestadoras de servicios relacionadas con el género de productos o servicios, que identifiquen la marca con los productos o servicios que ésta ampara, basados en una encuesta o estudio de mercado o cualquier otro medio permitido por la ley;

IV.- La fecha de primer uso, el tiempo de uso continuo y el tiempo de publicidad efectiva de la marca en México y, en su caso, en el extranjero;

V.- Los canales de comercialización en México y, en su caso, en el extranjero;

VI.- Los medios de difusión de la marca en México y, en su caso, en el extranjero;

VII.- Las licencias o franquicias que se hayan otorgado en relación con la marca, y

VIII.- El porcentaje de la participación de la marca en el sector o segmento correspondiente del mercado.

Leer de corridodentro de Capítulo III. De las Marcas Notoriamente Conocidas y Famosas

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Última reforma
(DOF)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Párrafo reformado DOF 03-04-2026
  • Fracción reformada DOF 03-04-2026
  • Fracción reformada DOF 03-04-2026
  • Fracción reformada DOF 03-04-2026

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (4 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 192, Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial. Texto vigente, última reforma DOF 3 abr 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-de-proteccion-a-la-propiedad-industrial/articulo-192/

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