Artículo 372 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial
Título sexto. De los Procedimientos de Declaración Administrativa · Capítulo IV. De la Conciliación
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 3 de abril de 2026
En los procedimientos de declaración administrativa de infracción, el Instituto buscará en todo momento conciliar los intereses de las personas involucradas, conforme a las reglas establecidas en el presente Capítulo.