Artículo 291 de la Ley Federal del Trabajo
TITULO SEXTO. Trabajos Especiales · CAPITULO IX. Agentes de comercio y otros semejantes
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026
Es causa especial de rescisión de las relaciones de trabajo la disminución importante y reiterada del volumen de las operaciones, salvo que concurran circunstancias justificativas.