LFT · Art. 583

Artículo 583 de la Ley Federal del Trabajo

TITULO ONCE. Autoridades del Trabajo y Servicios Sociales · CAPITULO IX. Comisión nacional para la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de mayo de 2026

El Director, los Asesores Técnicos y los Asesores Técnicos Auxiliares, deberán satisfacer los requisitos señalados en el artículo 560. Es aplicable a los Asesores auxiliares lo dispuesto en el artículo 559.

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Cómo citar

Artículo 583, Ley Federal del Trabajo. Texto vigente, última reforma DOF 14 may 2026. https://articuladomx.com/ley-federal-del-trabajo/articulo-583/

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