LNSIJPA · Art. 199

Artículo 199 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes

Inicio de cumplimiento de la medida

Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales · Capítulo I. Disposiciones generales

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022

La Autoridad Administrativa hará constar la fecha, hora y lugar en que se inicie el cumplimiento de la medida. En ese momento le informará personalmente a la persona adolescente los derechos y garantías que le asisten durante dicho cumplimiento, así como sus deberes y obligaciones.

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Cómo citar

Artículo 199, Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes. Texto vigente, última reforma DOF 20 dic 2022. https://articuladomx.com/ley-nacional-del-sistema-integral-de-justicia-penal-para-adolescentes/articulo-199/

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