Artículo 181 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Convenios
Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título I. Disposiciones generales · Capítulo I. Disposiciones preliminares
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Las Autoridades Administrativas de los órdenes local y federal podrán celebrar convenios con instancias privadas u organismos públicos especializados con la finalidad de garantizar que el adolescente cumpla la medida impuesta por el Órgano Jurisdiccional en pleno respeto de sus derechos humanos.