Artículo 238 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Seguridad
Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales · Capítulo VII. Control de la medida de sanción de internamiento
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
La Autoridad Administrativa ordenará a las autoridades del Centro de Internamiento, que se adopten las medidas necesarias para proteger la integridad física de las personas adolescentes sujetos a la medida de sanción de internamiento y de sus visitantes, así como para mantener las condiciones de vida digna y segura en el interior de los mismos.