Artículo 246 de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes
Tramitación
Libro cuarto. Ejecución de las medidas · Título II. Procedimientos administrativos y jurisdiccionales · Capítulo VIII. Recursos durante la ejecución
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 20 de diciembre de 2022
Recibidas las actuaciones en el Tribunal de Alzada, dentro de los tres días siguientes, se pronunciará sobre la admisión del recurso.
En el mismo auto en que se admita el recurso, el Tribunal de Alzada resolverá sobre el fondo del mismo, salvo que corresponda realizar previamente una audiencia conforme a las previsiones del Código Nacional, en cuyo caso la administración del Tribunal de Alzada programará la celebración de la audiencia dentro de los cinco días siguientes y al final de la misma se resolverá el recurso.