Artículo 1179 del Código Civil Federal
LIBRO SEGUNDO. De los Bienes · TITULO SEPTIMO. De la Prescripción · CAPITULO VI. De la Manera de Contar el Tiempo para la Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El día en que comienza la prescripción se cuenta siempre entero, aunque no lo sea; pero aquel en que la prescripción termina, debe ser completo.