Artículo 1388 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO SEGUNDO. De la Sucesión por Testamento · CAPITULO VI. De la Institución de Heredero
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
El error en el nombre, apellido o cualidades del heredero, no vicia la institución, si de otro modo se supiere ciertamente cuál es la persona nombrada.