Artículo 1631 del Código Civil Federal
LIBRO TERCERO. De las Sucesiones · TITULO CUARTO. De la Sucesión Legítima · CAPITULO V. De la Sucesión de los Colaterales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Si concurren hermanos con medios hermanos, aquéllos heredarán doble porción que éstos.