Artículo 223 del Código Civil Federal
LIBRO PRIMERO. De las Personas · TITULO QUINTO. Del Matrimonio · CAPITULO VII. De las Donaciones Antenupciales
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
Para calcular si es inoficiosa una donación antenupcial, tienen el esposo donatario y sus herederos la facultad de elegir la época en que se hizo la donación o la del fallecimiento del donador.