Artículo 2239 del Código Civil Federal
LIBRO CUARTO. De las Obligaciones · PRIMERA PARTE. De las Obligaciones en General · TITULO SEXTO. De la Inexistencia y de la Nulidad
Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 14 de noviembre de 2025
La anulación del acto obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que han recibido o percibido en virtud o por consecuencia del acto anulado.