Artículo 7.26 del Código Civil del Estado de México
Consecuencias de nulidad
LIBRO SEPTIMO. De las Obligaciones PRIMERA PARTE De las Obligaciones en General · TITULO PRIMERO. Fuente de las Obligaciones · CAPITULO V. De la Inexistencia y Nulidad de los Actos Jurídicos
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta del Gobierno del Estado de México el 16 de junio de 2026
La anulación del acto obliga a las partes a restituirse mutuamente lo que han recibido o percibido en virtud o por consecuencia del acto anulado.