CNPCF · Art. 929

Artículo 929 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares

Libro Séptimo. De los Recursos · Capítulo Único. Disposiciones Generales · Sección Tercera. De la Queja

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 15 de enero de 2026

El recurso de queja procede:

I.Contra la resolución que niegue la admisión de la apelación o adhesión a ésta;

II.En contra de resolución que se emita para fijar el monto de la fianza en tratándose de apelaciones en efecto devolutivo, y

III.En los demás casos fijados por este Código Nacional.

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Cómo citar

Artículo 929, Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Texto vigente, última reforma DOF 15 ene 2026. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-civiles-y-familiares/articulo-929/

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