CNPP · Art. 415

Artículo 415 del Código Nacional de Procedimientos Penales

Identificación de los supuestos de inimputabilidad

LIBRO SEGUNDO. DEL PROCEDIMIENTO · TÍTULO IX. PERSONAS INIMPUTABLES · CAPÍTULO ÚNICO. PROCEDIMIENTO PARA PERSONAS INIMPUTABLES

Texto vigente · última reforma publicada en el DOF el 28 de noviembre de 2025

Si el imputado ha sido vinculado a proceso y se estima que está en una situación de inimputabilidad, las partes podrán solicitar al Juez de control que se lleven a cabo los peritajes necesarios para determinar si se acredita tal extremo, así como si la inimputabilidad que presente pudo ser propiciada o no por la persona.

Sobre este texto
Descargado el
SHA-256 del archivo
d9748449446d…
Última reforma
(DOF)
Publicación original

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Transitorios (16 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 415, Código Nacional de Procedimientos Penales. Texto vigente, última reforma DOF 28 nov 2025. https://articuladomx.com/codigo-nacional-de-procedimientos-penales/articulo-415/

También en Markdown y JSON.

¿No coincide con la publicación oficial? Reportar un error.