Artículo 1113 del Código Civil de Aguascalientes
Libro segundo.. De los bienes. · Titulo sexto.. De las servidumbres. · Capitulo v.. De la servidumbre legal de paso.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
Si este lugar es calificado de la misma manera que el primero, el juez señalará el que crea más conveniente, procurando conciliar los intereses de los dos predios.