Artículo 1272 del Código Civil de Sonora
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Titulo sexto. De las servidumbres · Capitulo V. De la servidumbre legal de paso
Texto vigente · última reforma publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de Sonora el 14 de mayo de 2021
Si este lugar es calificado de la misma manera que el primero, el juez señalará el que crea mas conveniente, procurando conciliar los intereses de los dos predios.