Artículo 407 del Código Civil de Zacatecas
Libro tercero. De los bienes y de los derechos reales · Título sexto. De las servidumbres · Capítulo cuarto. De las servidumbres legales de paso
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Zacatecas el 18 de julio de 2026
Si este lugar es calificado de la misma manera que el primero, el Juez señalará el que crea más conveniente, procurando conciliar los intereses de los titulares de los predios.