Artículo 503 del Código Civil de Aguascalientes
Libro primero.. De las personas. · Titulo noveno.. De la tutela. · Capitulo ii.. De la tutela testamentaria.
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Aguascalientes el 21 de septiembre de 2026
El adoptante que ejerza la patria potestad tiene derecho de nombrar tutora o tutor testamentario a su hija o hijo adoptivo, aplicándose a esta tutela lo dispuesto en los artículos anteriores.