Artículo 1146 del Código Civil de Baja California
Libro segundo. De los bienes · Titulo séptimo. De la prescripción · Capitulo III. De la prescripcion negativa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contados desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.