Artículo 1234 del Código Civil de Hidalgo
Libro segundo. De los bienes · Titulo septimo. De la prescripcion · Capitulo III. De la prescripción negativa
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 22 de agosto de 2025
Fuera de los casos de excepción, se necesita el lapso de diez años, contados desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.