Artículo 2461 del Código Civil de Quintana Roo
Libro segundo. DE LA CUARTA PARTE ESPECIAL De las Obligaciones · Título séptimo. De la Extinción de las Obligaciones · Capítulo séptimo. De la Prescripción
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Quintana Roo el 14 de octubre de 2026
Fuera de los casos expresamente exceptuados por la ley, se necesita el lapso de seis años, contado desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento.