Artículo 2611 del Código Civil de Baja California
Libro cuarto. De las obligaciones · Segunda parte. De las diversas especies de contratos · Titulo decimoprimero. De las asociaciones y de las sociedades i de las asociaciones · Capitulo VI. De las asociaciones y de las sociedades extranjeras
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Baja California el 5 de junio de 2026
Concedida la autorización por la Secretaría de Relaciones Exteriores, y el Ejecutivo del Estado, se inscribirán en el Registro los estatutos de las asociaciones y sociedades extranjeras.