Artículo 643 del Código Civil de la Ciudad de México
LIBRO PRIMERO. De las personas · TITULO DECIMO. De la emancipación y de la mayor edad · CAPITULO I. De la emancipación
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 20 de agosto de 2026
El emancipado tiene la libre administración de sus bienes, pero simpre (sic) necesita durante su menor edad:
I.De la autorización judicial para la enajenación, gravamen o hipoteca de bienes raíces.
II.De un tutor para negocios judiciales.