Artículo 479 del Código Civil de Tlaxcala
Libro segundo. De las personas · Titulo undecimo. De la emancipacion
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala el 18 de junio de 2024
El emancipado tiene la libre administración de sus bienes; pero siempre necesita durante la menor edad:
I.- De la autorización judicial para la enajenación, gravamen o hipoteca de bienes raíces;
II.- De un tutor para los negocios judiciales.