CFCDMX · Art. 225

Artículo 225 del Código Fiscal de la Ciudad de México

Libro primero. De los ingresos · Título tercero. De los ingresos por contribuciones · Capítulo IX. De los Derechos por la Prestación de Servicios · Sección Séptima. De los Derechos por Servicios de Control Vehicular

Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025

Por los permisos y servicios de control vehicular que se presten respecto de ciclotaxis, se pagarán las siguientes cuotas:

I.Por el otorgamiento de permiso para prestar el servicio………………………………………………$1,539.00

II.Por el trámite de alta que comprende expedición inicial de placa y tarjeta de circulación

………………………………………………………………………………………………………………… $1,539.00

III.Por el refrendo para la vigencia anual de placas………………………………………………………...$184.00

IV.Por reposición de tarjeta de circulación…………………………………………………………………$497.00

V.Por reposición de placa, derivada de pérdida…………………………………………………………$1,556.00

VI.Por reposición de placa, derivada de mutilación o deterioro………………………………………….$588.00

VII.Por cambio de propietario o domicilio, incluyendo la expedición de nueva tarjeta de circulación

…………………………………………………………………………………………………………...……$497.00

VIII.Por la expedición de permiso para circular sin placa o tarjeta de circulación………………………..$556.00

IX.Por el trámite de baja……………………………………………………………………………...……….$304.00

X.Por cualquier otro servicio distinto a los señalados en las fracciones anteriores…………………….$401.00

Leer de corridodentro de Sección Séptima. De los Derechos por Servicios de Control Vehicular

Sobre este texto
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6f51ad414693…
Última reforma
(Gaceta Oficial de la Ciudad de México)
Publicación original

Notas de reforma de este artículo

  • Artículo reformado en sus cuotas G.O.CDMX 19/12/25

El texto se reproduce tal como lo publica la fuente, sin resumir ni corregir. Las notas de reforma son las de la fuente.

Pendiente de verificar

  • 34 párrafos del DOCX no encontrados literalmente en el PDF de la misma edición (p. ej. marcadores de lista o diferencias de edición): 113: 'RANGO LÍMITE INFERIOR LÍMITE SUPERIOR CUOTA FIJA FACTOR DE APLICACIÓN SOBRE EL EXCEDENTE D' | 130: 'RANGO LÍMITE INFERIOR DE VALOR CATASTRAL DE UN INMUEBLE LÍMITE SUPERIOR DE VALOR CATASTRAL' | 160: 'MES DE BAJA FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO ANUAL' | 161 Bis 4: 'MES DE ADQUISICIÓN FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 161 Bis 12: 'MES FACTOR APLICABLE AL IMPUESTO CAUSADO' | 164 Ter 2: 'Nombre del Composición Toneladas Equivalencia' | 164 Ter 2: 'Dióxido de Carbono CO2 1 1' | 164 Ter 2: 'Óxido Nitroso N20 1 265' | 166: 'REHABILITACIÓN, AMPLIACIÓN, ADECUACIÓN O REMODELACIÓN DE OBRAS EXISTENTES A B C' | 166: 'DE SERVICIOS BÁSICOS DE AGUA AGUA POTABLE EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE INSTALACIONES SANITARIAS DRENAJE DE AGUAS SERVIDAS EN RED SECUNDARIA 100' | 166: 'DE SERVICIOS COMPLEMENTARIOS VIALIDAD ARTERIAS PRINCIPALES (EXCEPTO EJES VIALES) 48 32 20' | 166: 'EQUIPAMIENTO DE SALUD DE CONSULTA EXTERNA 48 32 20' | 166: 'ATENCIÓN DE EMERGENCIAS 48 32 20' | 166: 'EDUCACIÓN PREESCOLAR 63 37'
  • Los transitorios incluyen 616 imágenes (tablas publicadas como imagen en la fuente); su contenido no se transcribe. El articulado no contiene imágenes.
  • Fracciones e incisos son listas autonumeradas de Word; el marcador ('I.', 'a)') se reconstruyó desde numbering.xml y se contrastó contra el PDF de la misma edición.

Transitorios (41 bloques por decreto)

Cómo citar

Artículo 225, Código Fiscal de la Ciudad de México (Ciudad de México). Texto vigente, última reforma 19 dic 2025. https://articuladomx.com/estados/cdmx/codigo-fiscal/articulo-225/

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