Artículo 449-27 del Código Fiscal de la Ciudad de México
Libro tercero · Título tercero bis. DEL PROCEDIMIENTO DE e-REVOCACIÓN · Capítulo III. De las Audiencias y de las Mesas de Trabajo · Sección III. De las Mesas de Trabajo
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 19 de diciembre de 2025
La Mesa de Trabajo deberá celebrarse dentro del lapso de treinta y cinco a cuarenta días siguientes a aquel en que se hubiese celebrado la audiencia de fijación de la controversia.