Artículo 56 de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México
Titulo tercero. Del sistema de movilidad · Capítulo I. De la clasificación del transporte
Texto vigente · última reforma publicada en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el 27 de agosto de 2025
El Servicio de Transporte de Pasajeros se clasifica en:
I.Público:
a)Masivo;
b)Colectivo;
c)Individual; y
d)Ciclo taxis.
II.Mercantil:
a)Escolar;
b)De personal;
c)Turístico; y
d)Especializado en todas sus modalidades.
III.Privado:
a)Escolar;
b)De personal;
c)Turístico;
d)Especializado en todas sus modalidades; y
e)Seguridad Privada.
IV.Particular