Artículo 412 del Código Penal de Chiapas
Libro segundo · Parte especial · Título décimo séptimo. Falsedad · Capítulo V. Disposiciones comunes a los capítulos procedentes
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas el 29 de abril de 2026
Si el falsario hiciere uso de los documentos u objetos falsos que se detallan en este título, se acumularán la falsificación y el delito que por medio de ellos se hubiere cometido.