Artículo 100 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título cuarto. Del registro civil · Capítulo VII. De las actas de matrimonio
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Los pretendientes que declaren un hecho falso, los testigos que afirmen la exactitud de las declaraciones de aquéllos o su identidad, serán denunciados al ministerio público para que ejercite la acción penal correspondiente.
Lo mismo se hará con las personas que falsamente se hicieren pasar por padres o tutores de los pretendientes.