Artículo 1232 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo III. De la capacidad para heredar
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Las herencias o legados que se dejen a un establecimiento público imponiéndose algún gravamen o bajo alguna condición, sólo serán válidos si el Ejecutivo del Estado los aprueba.