Artículo 1389 del Código Civil de Chihuahua
Libro tercero. De las sucesiones · Título segundo. De la sucesión por testamento · Capítulo IX. De la nulidad, revocación y caducidad de los testamentos · Sección primera. De la nulidad
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Es nula la institución de heredero o legatario hecha en memorias, comunicados secretos o documentos que no satisfagan las formalidades que la ley contempla.