Artículo 171 del Código Civil de Chihuahua
Libro primero. De las personas · Título quinto. Del matrimonio · Capítulo IV. De la sociedad conyugal
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
La sociedad conyugal nace al celebrarse el matrimonio o durante él. Puede comprender no sólo los bienes de que sean dueños los esposos al formarla, sino también los bienes futuros que adquieran los consortes.