Artículo 2257 del Código Civil de Chihuahua
Libro cuarto. De las obligaciones · Parte segunda. De las diversas especies de contratos · Título cuarto. De las donaciones · Capitulo III. De la revocación y reducción de las donaciones
Texto vigente · última reforma publicada en el Periódico Oficial del Estado de Chihuahua el 24 de agosto de 2024
Si los bienes donados hubieran sido enajenados por el donatario antes del nacimiento de los hijos, deberá reintegrarse al donante el valor que los mismos tenían a la fecha de la enajenación.